Cumplimiento de las exigencias establecidas en la ley 31/95 de prevención de riesgos laborales de las empresas integradas.
A todas las empresas de panadería y pastelería, tanto de fabricación como de venta, que dispongan de trabajadores e régimen general y que se encuentren en la provincia de Valencia.
Pensamos en un sistema organizativo que busca la implantación de la integración de la prevención a todos los niveles de la empresa.
Nuestro objetivo es que haya una presencia muy significativa de los Técnicos de Prevención dentro de las empresas que conforman Fegreppa.
Para la mejor del SPM, contamos con la colaboración de otras áreas y proyectos de lo que podemos aprovechar sus conocimientos y recursos.
Al abordar la prevención de una manera conjunta optimizamos los recursos, y conjuntamente podemos conseguir precios más asequibles.
Evaluación inicial y periódica de los riesgos en el trabajo apreciados en la empresa.
Elaboración y asesoramiento en la Planificación de actividades preventivas derivada de la evaluación de riesgos de la empresa.
Evaluación de riesgos de la maquinaria propia de la actividad: Amasadora, Batidoras, Trenes de laboreo (divisoras, cámara de reposo, formadoras), Laminadoras, Hornos (eléctricos, gas y leña), cámaras de fermentación y/o congelación, plataformas montacargas, y cualquier equipo de trabajo derivado de la fabricación de panadería y pastelería. Asesoramiento sobre grados de protección exigibles. Análisis de cumplimiento de R.D 1215(97.
Análisis de estado y necesidades de instalaciones de la empresas: electricidad, medios de protección contra incendios, depósitos de combustible, gas y aparatos de presión.
Análisis de necesidades de señalización exigida por R.D.485/97: Emergencia y evacuación, medios de protección contra incendios, riesgos derivados de la actividad, usos de equipos de protección individual.
Diagnostico de atmósferas explosivas (ATEX)
Seguimiento periódico del grado de cumplimiento de las medidas de prevención indicadas y analizar las desviaciones que se hubieran producido.
Análisis y valoración de los productos utilizados en proceso de elaboración.
Condiciones de temperatura y humedad de los locales. Cumplimiento de R.D486/97. Mediciones y elaboración de informes derivados.
Mediciones de niveles de iluminación en los puestos de trabajo. Elaboración de informes y asesoramiento para el cumplimiento de las exigencias legales al respecto.
Mediciones de niveles de ruido en los puestos de trabajo. Elaboración de informes y asesoramiento en la ejecución de mejoras derivadas.
Mediciones de contaminantes químicos propios de la actividad: niveles de polvo de harina, ambiental y fracción respirable e inhalable.
Protección contra el fuego utilizado en la combustión de hornos de cocción, o en cocinas para la elaboración de comidas preparadas.
Limitación de tiempo de estancia en cámaras frigoríficas y vestuario a utilizar en dicho trabajo.
Análisis de la capacidad para desarrollar un trabajo (Capacidad física): Análisis de manipulación manual de cargas, posturas forzadas y movimientos repetitivos en la ejecución de los trabajos propios de la actividad: dependientes, personal de obrador, repartidores, limpieza, etc.
Organización del trabajo: Asesoramiento sobre factores psicosociales derivados de la actividad: Análisis de riesgos derivados del trabajo nocturno y del trabajo a turnos, influencia de dichos riesgos en la actividad, análisis de estrés laboral, etc.
Formación de los trabajadores, tanto autónomos como asalariados.
Vigilancia e investigación de accidentes de trabajos. Sus causas y sus efectos.
Vigilancia de salud mediante concierto con servicios sanitarios ajenos.
Asistencia ante cualquier órgano de la administración: Inspección de trabajo y seguridad social, INVASSAT, etc.
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